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Declaran inconstitucional pago en cuotas de indemnizaciones

Declaran inconstitucional pago en cuotas de indemnizaciones


Otro artículo de la Ley de Reforma Laboral fue declarado inconstitucional por la justicia. Se trata del capítulo que autoriza el pago en cuotas de indemnizaciones por despidos, que la jueza Viviana Dobarro consideró como discriminatoria porque brinda “un trato diferente y más favorable” a la parte deudora.

La magistrada, titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 21, decretó la inconstitucionalidad del artículo 56 de la flamante norma, que permite el fraccionamiento de los pagos. La decisión se dio en el marco de una causa en la patronal pretendía abonar un despido en 12 cuotas mensuales.

La reciente ley habilita a que grandes empresas puedan pagar sentencias en hasta 6 cuotas y otorga a las PyMES un plazo de hasta 12 meses. Sin embargo, la jueza Dobarro consideró que esta prerrogativa a favor de la empleadora es “discriminatoria” y “carece de racionalidad”, ya que “otorga un trato más favorable al deudor que al acreedor laboral”.

El fallo completo

La causa fue iniciada a mediados de diciembre de 2022 por una mujer echada de su trabajo. Ahora, 3 años y 5 meses después, la patronal pretende acogerse al beneficio establecido por la ley. En ese sentido, la magistrada no encontró razones que justifiquen darle al acreedor laboral un tratamiento diferente y peyorativo al que el Código Civil y Comercial le asigna a cualquier otro acreedor.

Asimismo, la jueza Dobarro calificó de “confiscatorio” a ese apartado de la ley sancionada en pasado febrero. “Le impide a la parte trabajadora cobrar su crédito laboral de forma íntegra y oportuna, obligándola a percibirlo en cuotas (12, según pretende la demandada), sin justificación concreta e impidiéndole disponer libremente de las sumas de carácter alimentario que una sentencia judicial pasada en autoridad de cosa juzgada reconoció a su favor, con la evidente afectación de su derecho de propiedad”, sentenció.

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